Cumplimiento laboral · IESS
Aporte personal al IESS: el 9,45% se calcula sobre más que el sueldo
El 9,45% no se calcula solo sobre el sueldo. Se calcula sobre todo lo que el trabajador recibe de forma normal por su trabajo: sueldo, horas extra, comisiones, bonos que se pagan siempre. Es una de las dudas que más se repiten entre contadores, y equivocarse genera diferencias en las planillas.
Qué entra en la base
La Ley de Seguridad Social llama a esa base "materia gravada" y la define como todo ingreso que se pueda valorar en dinero (Art. 11). Para quien trabaja en relación de dependencia, la base empieza en el sueldo básico mensual y suma:
- Horas extra y suplementarias.
- Trabajo a destajo.
- Comisiones.
- Sobresueldos y gratificaciones.
- Honorarios.
- Uso de vivienda u otros bienes que el empleador entrega como parte del pago (la ley los llama derechos de usufructo, uso y habitación).
- Cualquier otro pago accesorio que sea normal en esa empresa o actividad.
La palabra clave es "normal": un pago que se repite como parte de la remuneración aporta, aunque no se llame sueldo.
Qué no entra
- Décimo tercero y décimo cuarto. El Código del Trabajo los excluye del aporte al IESS (Arts. 112 y 114). Da igual si se pagan cada mes o acumulados.
- La participación en las utilidades y la compensación económica para el salario digno. La Ley de Seguridad Social las excluye (Arts. 11 y 14).
- Alimentación, atención médica, seguros de vida y accidentes, ropa de trabajo y servicios de orden social que paga el empleador (Art. 14). Tienen un tope: sumados no pueden pasar del 20% de lo que el trabajador gana por conceptos que aportan. Lo explicamos en ¿El bono de alimentación aporta al IESS?
Ejemplo
Un vendedor con sueldo de $600 trabajó horas extra por $37,50 y cobró una comisión de $100 en el mes.
| Concepto | Valor | ¿Aporta? |
|---|---|---|
| Sueldo | $600,00 | Sí |
| Horas extra | $37,50 | Sí |
| Comisión | $100,00 | Sí |
| Décimo tercero mensualizado | $61,46 | No |
| Base de aportación | $737,50 |
- Aporte personal (9,45%): $737,50 × 9,45% = $69,69.
- Si se calculara solo sobre el sueldo, serían $56,70: $12,99 menos cada mes de lo que corresponde.
- El aporte patronal (11,15%) sale de la misma base: $82,23.
En qué se va cada punto del 9,45%
La Resolución C.D. 501 del IESS reparte el aporte personal del sector privado así:
| Seguro | Aporte personal |
|---|---|
| Pensiones (invalidez, vejez y muerte, décimos de pensionistas y auxilio de funerales) | 5,76% |
| Ley Orgánica de Discapacidades | 0,10% |
| Salud (enfermedad, maternidad y subsidios) | 0,88% |
| Cesantía | 2,00% |
| Seguro Social Campesino | 0,35% |
| Gastos de administración | 0,36% |
| Total | 9,45% |
Errores comunes
- Aportar solo sobre el sueldo cuando hay horas extra o comisiones.
- Aportar sobre los décimos cuando se pagan mensualizados en el rol.
- Declarar menos que el mínimo. La base nunca puede ser menor al salario básico unificado o al mínimo sectorial de la actividad (Art. 11).
La calculadora de costo de contratar te muestra el aporte patronal y los demás costos de un sueldo para la empresa. Dentro de ORBIS, cada rubro del rol sabe si aporta o no al IESS: las horas extra suman a la base y los décimos no, sin que tengas que revisarlo a mano cada mes.