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Cumplimiento laboral · Liquidación

Liquidación y finiquito en Ecuador: paso a paso, con un ejemplo

Actualizado el 15 de octubre de 2026

Cuando alguien deja la empresa, tienes 15 días para pagarle la liquidación y subir el acta de finiquito firmada al sistema del Ministerio del Trabajo. Lo que entra en esa liquidación depende del motivo de salida. Aquí va el proceso completo, con un caso calculado de principio a fin.

Paso 1: define el motivo de salida

Es lo primero y lo que más cambia el resultado. Un mismo empleado puede recibir $1.880 o $4.280 según cómo terminó la relación.

MotivoProporcionalesBonificación por desahucio (25%)Indemnización
Renuncia con aviso por escrito (desahucio, Art. 184)SíSíNo
Acuerdo entre las partes (Art. 169, num. 2)SíSíNo
Despido intempestivo (Art. 188)SíSíSí
Visto bueno pedido por el trabajador (Arts. 173 y 191)SíSíSí
Visto bueno pedido por el empleador (Art. 172)SíNoNo
Fin de obra cierta o contrato eventual (Art. 169, num. 3)SíNoNo

Dos cosas que suelen confundirse:

Paso 2: reúne los datos

Paso 3: calcula cada valor

Ejemplo: una empleada en Quito con sueldo de $600 entró el 1 de marzo de 2023 y renuncia con aviso. Su último día es el 30 de septiembre de 2026. Pidió por escrito cobrar los décimos acumulados, cobra los fondos de reserva cada mes y le quedan 10 días de vacaciones.

Sueldo de septiembre: $600. El mes completo, porque todavía no se le pagó. Lleva el aporte personal al IESS (9,45%) como cualquier rol.

Décimo tercero proporcional: $500. Es la doceava parte de lo que ganó desde el 1 de diciembre (Art. 111): 10 meses × $600 = $6.000 ÷ 12 = $500.

Décimo cuarto proporcional: $80,55. En la Sierra el período empieza el 1 de agosto. Trabajó 61 días de ese período: $482 (SBU 2026) × 61 ÷ 365 = $80,55. El Art. 113 le da la parte proporcional al salir.

Vacaciones no gozadas: $200. El valor sale de la veinticuatroava parte de lo que ganó en el último año (Art. 71). Con un sueldo fijo de $600, cada día vale $600 ÷ 30 = $20, y 10 días son $200.

Fondo de reserva de septiembre: $49,98. Tiene más de un año de servicio, así que le toca el 8,33% del sueldo del mes que se paga en la liquidación (Art. 196). Si los acumulara en el IESS, no entrarían aquí: los retira del IESS.

Bonificación por desahucio: $450. Es el 25% del último sueldo por cada año de servicio (Art. 185). Lleva 3 años y 7 meses: se cuentan los 3 años cumplidos. $600 × 25% × 3 = $450.

ConceptoValor
Sueldo de septiembre$600,00
Décimo tercero proporcional$500,00
Décimo cuarto proporcional$80,55
Vacaciones no gozadas (10 días)$200,00
Fondo de reserva de septiembre$49,98
Bonificación por desahucio$450,00
Total antes del aporte personal$1.880,53

Si la despidieran sin causa

Se suma la indemnización del Art. 188: hasta 3 años de servicio son 3 sueldos, y desde ahí un sueldo por año, con un máximo de 25. La fracción de año cuenta como año completo: sus 3 años y 7 meses son 4 años, o sea $2.400. El total sube a $4.280,53. El mismo artículo mantiene la bonificación del 25%.

Si los décimos se pagaban cada mes en el rol, ya los recibió y no entran en la liquidación. Solo se suma la parte que todavía no se le pagó.

Paso 4: avisa la salida al IESS

El aviso de salida se hace dentro de 3 días (Art. 73 de la Ley de Seguridad Social). Es un plazo distinto al de la liquidación y vence mucho antes.

Paso 5: paga y sube el acta de finiquito

Errores comunes

Fuentes: Código del Trabajo, Arts. 71, 111, 113, 169, 172, 173, 184, 185, 188, 191, 196 y 595. Ley de Seguridad Social, Art. 73. Acuerdo Ministerial MDT-2025-053 del 12 de mayo de 2025.

Prueba la calculadora de liquidación: eliges el motivo y te da el desglose con la base legal de cada valor. Como no tiene tus roles, estima los décimos por días y puede diferir en centavos. Dentro de ORBIS, la liquidación sale de los roles reales del empleado, y al registrar la salida quedan como pendientes el aviso de salida al IESS y el finiquito.